IKEA, primera empresa que regula la desconexión digital en España

IKEA, primera empresa que regula la desconexión digital en España

IKEA, primera empresa que regula la desconexión digital en España 1920 782 Foro Regulación Inteligente

A principios de mes, IKEA llegó a un acuerdo con los sindicatos para regular las medidas del teletrabajo y la desconexión digital de sus empleados, que abordan, entre otras cuestiones, el alcance de las reuniones y comunicaciones y la compensación de los costes de trabajar desde casa. El nuevo sistema, que se encontrará en pruebas durante un año, entrará en vigor el próximo 1 de enero y se hará efectivo en las plantillas de atención al cliente, venta en remoto y oficinas centrales. No incluye, por tanto, al servicio en tienda, cuyos empleados están sujetos a la presencialidad.

Tras su primer convenio en 2018, IKEA se ha convertido, así, en la primera empresa que regula la desconexión digital en nuestro país. Según afirmó la compañía en un comunicado, el pacto alcanzado incluye “el compromiso de IKEA de informar a sus equipos directivos de la necesidad de no realizar llamadas telefónicas, envío de correos electrónicos o de mensajería de cualquier tipo fuera del horario de trabajo de la persona trabajadora”. Además, con respecto a los grupos de mensajería instantánea, la norma establece que la adhesión por parte de los trabajadores será voluntaria y se anima a silenciarlos fuera del horario laboral o en los días de descanso.

El modelo de teletrabajo, de carácter voluntario, contempla tres días en remoto y dos presenciales a la semana, con un acuerdo de autorregistro de jornada por vía telemática cuando el trabajador se encuentre fuera de la oficina. Además, la firma de origen sueco anunció que proporcionará a sus empleados los muebles necesarios para montar su despacho para el trabajo en remoto, conformado por un “equipo ergonómico y adecuado al puesto”, que estará compuesto por una mesa, ordenador, monitor, ratón, alfombrilla, teclado, reposapiés, silla, flexo y el material de oficina.

Además, la empresa otorgará un plus de 30 euros brutos al mes a cada empleado en conceptos de compensación por los posibles gastos derivados del teletrabajo, siempre y cuando este haya ocupado al menos un 30% del horario laboral y con la obligatoriedad de disponer de un sistema rúter que asegure la correcta conexión.